Resumen:
Por fundamentación se entiende, por una parte, la existencia de normas y declaraciones legales consignadas en la Carta Magna y otros documentos de la misma naturaleza, a niveles regional, departamental, nacional e internacional, que le dan soporte legal al concepto de formación integral. Por otra parte, la conceptualización tiene que ver con aquellas particularidades naturales que es preciso distinguir en los distintos tipos de formación integral, particularidades que establecen las diferencias entre uno y otro, de acuerdo con el marco cosmovisivo en el que se inscriben.